Submitted by miriam on Mar, 04/07/2020 - 14:02
FECHA
PREGUNTA

¿ Cómo debo actuar ante un despido ?

RESPUESTA

Una vez que te han notificado el despido, si tienes cualquier duda o no estás de acuerdo con los motivos expuestos por la empresa, no debes firmarlo o firmarlo como "No conforme".

Del mimo modo deberías indicar que el finiquito está "Pendiente de revisión", ya que en ese momento es posible que no tengas clara cual es la cantidad correcta que debes percibir.

Tienes derecho a solicitar la presencia de un representante de los trabajadores para que te acompañe y te asesore en ese mismo momento. Si la empresa no te lo ofrece, solicítalo.

Pero cuando estas teletrabajando la comunicación del despido te la hace llegar la empresa a través de un burofax y no hay opción a nada de lo anterior mente mencionado pero si no estas de acuerdo con los motivos o con la cantidad indicada en el finiquito puedes seguir igualmente los siguientes pasos:

•    Para solicitar a la empresa que reconozca la improcedencia del mismo, se pone una papeleta de conciliación en la SMAC (Servicio de Mediación y Arbitraje de la Comunidad de Madrid) sita en Plaza de los cubos, 5 o bien telemáticamente (https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/espacio-smac)

La indemnización correspondiente por el despido improcedente son 33 días por año trabajado mientras que por el despido objetivo son 20 días/año.

•    Día de la cita para la conciliación
       o    Si la empresa acude y se llega a un acuerdo aquí se termina el proceso. Es lo que suele pasar.
      o    Si la empresa no acude o no se llega a un acuerdo, se tendrá que poner una demanda.

El plazo para interponer la demanda es de tan solo 20 días laborables desde la fecha del despido por eso tienes que solicitar la mediación lo antes posible. El tiempo se paraliza hasta el día de la cita en conciliación y si no hay acuerdo continúa hasta llegar a los 20 días. Este ultimo plazo es el que te queda para interponer la demanda.

•    Demanda y juicio. Durante todo el plazo desde la interposición de la demanda hasta el día del juicio, en cualquier momento la empresa se puede poner en contacto contigo para llegar a un acuerdo. 

Si no aceptas el acuerdo o no se ponen en contacto contigo, se llega al día del juicio. Antes de entrar en Sala, la empresa puede ofrecer un acuerdo, y sino el juez intentará que se llegue a uno y si al final no se alcanza se celebrará el juicio donde el juez decidirá.

Por otro lado y de manera independiente has de gestionar la prestación por desempleo:

•    Pide cita en el SEPE lo antes posible para que no se pasen los plazos, tienes quince días hábiles desde el último día trabajado.
( https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/so…)

•    El primer paso es apuntarte como demandante de empleo, en caso contrario no se te concederá la prestación.

•    La empresa habrá enviado el certificado de la empresa de forma telemática y por lo tanto no tendrás ningún problema para tramitar la solicitud de la prestación.

•    En el caso remoto que te diga el SEPE si vas a demandar, di que no, ya que al SEPE no le interesa y podría retrasar el pago.

Adjuntamos una guía que hemos elaborado.

Para cualquier duda ponte en contacto con nosotr@s, durante el proceso estaremos contigo. 

Documentación FAQ