Submitted by miriam on Vie, 03/27/2020 - 11:22
FECHA
PREGUNTA

¿Pueden quitarme los Tickets Restautant al realizar teletrabajo?

RESPUESTA

Estatuto de los Trabajadores. Artículo 13. Trabajo a distancia.
3. Los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial.

El salario es el principal  derecho laboral, por lo que el salario no puede reducirse por hacer teletrabajo, con la excepción del plus de transporte, dietas, kilometraje, gastos de viaje, etc. (si no vas a hacer ningún desplazamiento ocasionado por la empresa), que en realidad no son salario sino compensaciones de gastos.

Entonces, se podrán dejar de pagar los cheques de comida que fueran por viajes reales, pero no los cheques que se pagaran "por método", es decir, por el simple hecho de estar en la empresa, porque eso no serán dietas reales sino salario en especie.

La única realidad es que el salario solo paga el trabajo, no el ir al trabajo. La empresa no puede pretender que paguemos un "suplemento" por la comodidad de trabajar en casa.  

La justicia europea ya deja claro que en general:

  • Para considerar un tiempo como trabajado no se tiene en cuenta  la "intensidad" del trabajo sino solo el hecho de estar en el puesto a disposición del empresario.
  • No existen las horas "mixtas" que por un lado sean trabajo, porque tengas que estar conectado, pero que por otro lado no sean de trabajo para no pagarlas. Si no es descanso, es trabajo. Si tienes que estar conectado es trabajo y se paga.